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Plan Básico 10 Sin

320B

Esta es una póliza de asistencia sanitaria de servicios extrahospitalarios con acceso a todas las especialidades médicas, a través de los profesionales o centros del cuadro médico.

Entre otras, se aseguran las siguientes prestaciones sanitarias:

  • Visitas en consultorio y a domicilio de medicina general, pediatría y atención de enfermería.
  • Todas las especialidades médicas y quirúrgicas.
  • Técnicas especiales de diagnóstico: análisis clínicos, radiología convencional, RM, TAC, OCT, Holter, densitometría ósea, exploraciones con radioisótopos, endoscopias, pruebas funcionales digestivas: Manometría, PH metría, etc.
  • Técnicas especiales terapéuticas: endoscopia terapéutica, fotocoagulación por láser oftalmológico, etc.
  • Seguimiento y vigilancia del embarazo.
  • Urgencias permanentes.
  • Servicio de urgencias domiciliarias.
  • Servicios especiales: servicio de fisioterapia y recuperación funcional, ambulancia, podología, diagnóstico precoz del cáncer de mama mediante mamografía, ortóptica y pleóptica, ventiloterapia y aerosoles.
  • Odontología: visitas, curas, limpieza de boca, extracciones, radiografías y ortopantomografias.

Las principales exclusiones generales aplicables a la póliza son las siguientes:

  • Las enfermedades, lesiones o defectos físicos preexistentes en el momento de asegurarse, con las salvedades de la póliza.
  • Hospitalización y cirugía.
  • Medios de diagnóstico y tratamiento que no sean la práctica habitual en el sistema sanitario público.

El detalle completo de las coberturas excluidas se especifica en la Cláusula Quinta de las Condiciones Generales. Algunas de las anteriores exclusiones podrían incluirse expresamente en las Condiciones Particulares de la póliza si así se contrata.

Respecto al alcance geográfico de cobertura de la póliza, se facilitará a través de la Lista de Facultativos, donde se detallan los médicos y especialistas, servicios de urgencia, servicios de enfermería, sociedades autorizadas para prestar servicios asistenciales. También mediante la red nacional de entidades colaboradoras que tengan suscrito un acuerdo con Assistència Sanitària que prestan asistencia en toda España.

  • Periodo de carencia de 6 meses para técnicas especiales de diagnóstico y terapéuticas, seguimiento del embarazo, traslado en ambulancia, podología y fisioterapia.

Asimismo, es de aplicación la siguiente restricción:

  • Podología-callista: en consultorio y hasta 6 sesiones/año.